Plazo de presentación: 11 de abril de 2023 al 30 de junio de 2023
Una de las principales novedades a tener en cuenta en esta campaña es la fiscalidad de los planes de pensiones ya que, por segundo año consecutivo, se ha reducido el límite total de aportaciones de un mismo contribuyente.
Otra de las grandes novedades se refiere a la deducción por maternidad:
Dicha deducción es un beneficio fiscal de hasta 1.200€ anuales por cada hijo menor de 3 años o adoptado que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente. Esta deducción ya existía pero sólo se podían beneficiar las madres trabajadores. Tras el cambio realizado, podrán acceder a las mismas aquellas madres que estén en situación de desempleo y cobrando la prestación o por suspensión de contrato, las que estén en ERTE o en situación de ser víctima de violencia de género, así como las fijas discontinuas q autónomas que hayan suspendido la actividad. Este cambio tiene carácter retroactivo y se podrá solicitar desde el año 2020.
El bono cultural y el bono alquiler Joven:
Están sujetos a tributación, debiendo declararse como ganancias patrimoniales.
Asimismo, aquellos contribuyentes que sean beneficiarios del cheque-comida de 200€
Concedido a personas de bajo nivel de ingresos y patrimonio y que superen el mínimo para hacer la declaración, deben incorporarlo como ganancia patrimonial.
En el apartado de deducciones autonómicas:
Reseñamos brevemente las más destacadas en la Comunidad Autónoma de Canarias:
- Deducción del alquiler de la vivienda habitual.
- Deducción de gastos médicos (ya sean consultas de especialistas como el gasto incurrido en la compra de prótesis, gafas, lentes, etc).
Asimismo, hay deducciones especiales para los residentes en la isla de La Palma.