Desde Cleopatra Santos, Asesoramiento en Gestión y Administración, te informamos de la convocatoria realizada desde el Gobierno de Canarias.

El Gobierno de Canarias, a través del Servicio Canario de Empleo, convoca la Subvención para lo Promoción del Empleo Autónomo, una línea de ayudas orientada al emprendimiento empresarial en las islas.

Está dirigido a aquellas personas que se hayan dado de alta en el RETA y que, previamente, se encontraran desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.

Subvención promoción del empleo autónomo 2023

Los requisitos más relevantes para poder acceder a esta ayuda son los siguientes:

a) Solicitar la subvención en el plazo máximo de un año, contacto a partir de la fecha de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo.

Excepcionalmente, para aquellos autónomos cuyo plazo de alta se cumpla el 1 de enero de 2025 y el último día del mes inmediatamente posterior a la fecha de publicación de la convocatoria, el plazo de presentación será del 27 de marzo al 30 de abril.

b) Estar desempleada e inscrita en el Servicio Canario de Empleo como demandantes de empleo.

c) Haber causado alta en el RETA, con anterioridad a la solicitud de la subvención.

d) Mantener la actividad para la que se ha solicitado la subvención por un período mínimo de tres años.

e) Realizar su actividad empresarial o profesional y tener domicilio fiscal, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias desde la fecha de inicio de la actividad.

f) Excepto aquellas solicitudes de las personas autónomas dadas de alta con anterioridad a la publicación de las bases reguladoras y hasta un mes después de la publicación de las mismas, el resto de solicitudes deberán presentar un PLAN ECONOMOMICO Y FINACIERO O PLAN DE EMPRESA, de la actividad y que necesariamente, debe ser validado por las Cámaras Oficiales de Comercio de cualquier de las islas, la Confederación Canaria de Empresarios, la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife , la fundación Universitaria de Las Palmas o la Fundación General de la Universidad de La Laguna.

Las personas que reúnan los requisitos establecidos en las Bases, podrán tener derecho a las siguientes subvenciones:

1) Subvención por establecimiento como persona trabajadora autónoma o por cuenta propia:

Las cuantías a percibir dependerán del colectivo de la persona solicitante:

Colectivos Importe (euros)
1º Hombres desempleados en general 5.000,00
2º Hombre de 30 o menos años 6.500,00
3º Hombre con discapacidad 7.000,00
4º Hombre de 45 o más años 6.500,00
5º Mujeres desempleadas en general 7.000,00
6º Mujer de 30 o menos años 8.500,00
7º Mujer con discapacidad 9.000,00
8º Mujer de 45 o más años 8.500,00

2) Subvención financiera:

El objeto de esta subvención es reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones y otros gastos necesarios para la creación, puesta en marcha y el desarrollo de la actividad.

3) Subvención por asistencia técnica:

Esta subvención tiene por objeto la financiación parcial de la contratación de servicios externos destinados a la mejora del desarrollo de la actividad empresarial, así como para la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga o el asesoramiento en aspectos vinculados a la actividad profesional del autónomo y el inicio de la misma.

Plazo de presentación:

El plazo de presentación de la misma se inicia el día 28 de marzo de 2025, finalizando el
30 de junio de 2025.

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